Implicaciones legales de la entrega de una señal para la compra de un coche

Lo de la señal para reservar un coche es una cuestión que creo que mucha gente en el sector desconoce. Y si se te ocurre meterte en Internet para aclarar algo el tema, tan solo conseguirás hacerte un lío mayor.

Lo más curioso es lo de los foros de Internet. Cuando un miembro de un foro dice que ha dejado una señal para comprar un coche en un concesionario y que ahora no lo quiere, todos le responden que tiene derecho a que la empresa le devuelva la señal. Sin embargo, si pregunta alguien que está vendiendo un coche a nivel particular, entonces los mismos “expertos leguleyos” le dirán lo contrario, que tiene derecho a quedarse la señal si el comprador desiste. ¿En qué quedamos?

Sigue leyendo para conocer las implicaciones legales de una señal entregada a cuenta de la compra de un coche.

El concepto es el siguiente: el vendedor le pide al comprador una señal como garantía de que este no se echará para atrás y terminarán concluyendo la operación. La señal es una entrega a cuenta y una garantía de la operación.

Si todo el mundo tuviese derecho a la devolución de la señal en todos los casos, muchos compradores irían reservando coches que no piensan comprar hasta encontrar el que realmente les gusta. Algo que sería inviable para los profesionales que están al mando de un concesionario.

La reserva del vehículo

El establecimiento vendedor se asegura mediante la señal de que el comprador realmente está interesado en adquirir en un futuro ese vehículo. Solo tras el pago de la señal, el vendedor puede retirar ese vehículo del mercado, dejándoselo reservado hasta que el comprador efectúe el pago total del mismo y se lo lleve.

La señal permite la reserva del vehículo, ya que durante el tiempo que media entre la decisión del comprador y la adquisición efectiva otras personas pueden interesarse por ese vehículo reservado. El vendedor está perdiendo oportunidades. Y ya sabemos que en muchas ocasiones las oportunidades nunca vuelven.

Con el coche reservado con una señal, si el comprador se arrepiente y al final no compra el vehículo, el vendedor tiene una cantidad de dinero que le compensará ese lucro cesante que le ha conllevado tener el vehículo fuera del mercado durante unos días o semanas.

Lo mismo sucede con un automóvil que se pide a fábrica. Si no hubiese una señal de por medio, durante el intervalo desde que se hace el pedido hasta que el coche se fabrica y se manda al concesionario, el cliente podría arrepentirse de su decisión.

señal para la compra de un coche

La legalidad de la señal para la compra de un coche

Hay varias figuras legales que se pueden aplicar en esto de la señal.

Arras confirmatorias

Se trata de una señal que expresa la intención de ambas partes de consumar el contrato de compraventa. Se trata de una cantidad entregada a cuenta que se descontará del precio final. Dos tipos de arras confirmatorias:

  • Arras confirmatorias puras: son las más habituales como prueba del contrato. Es una entrega a cuenta, que posteriormente será deducida del precio final.
  • Arras confirmatorias penales: sirven de prueba de la perfección del contrato y establecen una garantía de su cumplimiento gracias a la pérdida de la señal o a la devolución del doble de la misma en caso de incumplimiento. Se establecen las consecuencias del incumplimiento en el propio contrato.

Arras penitenciales

Permiten la retractación de las partes y la rescisión del contrato. Si el comprador desiste, perderá la señal entregada. En cambio, si es el vendedor el que desiste del contrato (algo poco habitual, salvo por retrasos en la entrega del coche que pueden considerarse incumplimiento en los plazos), entonces deberá entregar el doble de la señal.

Para distinguir el tipo de señal de que se trata, salvo que el contrato firmado con el cliente lo establezca expresamente, la jurisprudencia suele entender que la señal tiene un carácter de arras confirmatorias puras.

En ese caso, si el comprador desiste de la adquisición, el concesionario vendedor deberá devolver la señal descontando los posibles gastos ocasionados. Lo mismo sucede si fuese el vendedor el que desiste de realizar la operación.

Así que lo más recomendable es dejar claro en el contrato que se firma con el cliente que la señal es una entrega a cuenta en concepto de arras penitenciales.

De ese modo, se evitan futuros problemas y tú no tendrás que devolverle la señal a un cliente arrepentido. Ahora bien: en caso de que por culpa de los plazos de fabricación te pilles los dedos y no puedas entregarle el vehículo en el plazo fijado, el cliente te podría pedir el doble de la señal entregada.

¿Has tenido algún caso similar en el que hayas devuelto una señal? Espero tus aportaciones en los comentarios.